La Tribuna de Navarra 18/04/08
“EpC se entromete en un terreno que la Constitución reserva a la libertad de las familias”

El Presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco asistió este martes a una mesa redonda compartida con el Consejero de Educación del Gobierno de Navarra, Carlos Pérez-Nievas donde hablaron de la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Tribuna de Navarra ha entrevistado al Presidente del Foro Español de la Familia.

En un encuentro organizado por la APYMA en el Colegio Teresianas de Pamplona el titular de Educación señaló que, si bien su departamento no tiene capacidad de decidir si las solicitudes de objeción de conciencia están amparadas por el ordenamiento jurídico, su consejería acatará la sentencia que pronuncie el TSJN. Tribuna de Navarra ha entrevistado al presidente del Foro Español de la Familia:


- ¿Qué precedentes incluye la asignatura de Educación para la Ciudadanía con respecto a otras asignaturas para que se opte por la objeción de conciencia?

La singularidad de esta asignatura es que, en su normativa reguladora, expresamente se declara que tiene como finalidad una formación de la conciencia moral de todos los escolares españoles con los criterios y contenidos que determina el propio gobierno a través del decreto que la regula. Por lo tanto, lo singular de esta asignatura es que se entromete en un terreno que la Constitución reserva a la libertad de las familias y al pluralismo ideológico, como es el de la libertad ideológica y religiosa.

- En la conferencia impartida en Pamplona señaló que lo más relevante quizá no sean los contenidos, sino que desde un punto de vista legislativo el orden gubernamental se atribuya la capacidad para conformar la conciencia moral de los estudiantes…
Así es, lo grave es que donde la Constitución nos garantiza a las familias un ámbito de libertad, esa asignatura establece un ámbito de intromisión gubernamental y, dicho eso, también es evidente que no me gustan los contenidos que tiene y, aunque me gustasen, seguiría sin gustarme la asignatura por meterse en ese terreno que es el de la libertad de las familias constitucionalmente.

- En cuanto a los contenidos, a su juicio, ¿qué principios trata de inculcar la asignatura de Educación para la Ciudadanía?

Se inspira de una idea ideológica que es aquella de que en la vida pública sólo es legítima una ética pública, distinta de la moral privada de las personas y que esa ética pública, bajo el nombre de ética civil, constitucional, democrática o como se quiera llamar es determinada por el gobierno a partir de la legislación vigente y se puede aplicar a todos los ciudadanos. A mí eso me parece una aberración conceptual.

- ¿Cree que la segunda sentencia del TSJA, que reconoce el derecho a objetar a unos alumnos que todavía no están cursando la asignatura, puede sentar precedentes en otras comunidades?

Yo creo que sí porque, tanto esa, como la primera sentencia, son dos sentencias muy bien fundadas en Derecho y con expresa apelación y cita de una jurisprudencia ya muy consolidada, tanto del Tribunal Constitucional, como del Tribunal Supremo, como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos; por lo tanto, estoy convencido de que la línea argumental de estas dos sentencias del TSJA (Tribunal Superior de Justicia de Andalucía) es probable que pueda sea atendida en las sentencias que puedan ir dictando los Tribunales Superiores de Justicia de otras comunidades autónomas.

- ¿Qué conclusiones extrajo de su visita a Navarra, después de asistir a una mesa redonda compartida con el consejero de Educación, sobre la asignatura de EpC?

Bueno, creo que hay una conclusión muy patente y es que hay una diferencia de criterio entre el consejero y sus servicios jurídicos y yo y es que, en mi opinión, las consejerías de Educación no sólo pueden, sino que deben aplicar directamente todo el sistema jurídico, incluyendo la Constitución y que, por lo tanto, están designadas y obligadas a reconocer el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, sin esperar a que haya una sentencia; en el caso concreto de Navarra. Mientras que el consejero defendía la tesis de que aplicar la Constitución y decidir si cabe la objeción de conciencia o no, no es su competencia y debe esperar a que sea un tribunal quien lo diga. En ese sentido, creo que es más congruente con el ordenamiento jurídico lo que están haciendo las comunidades autónomas gobernadas por el PSOE que es pronunciarse, aunque se pronuncien en contra.

- Desde un punto de vista jurídico, ¿es legítimo que se pronuncie una consejería de Educación de una comunidad autónoma?
Las administraciones públicas están obligadas a aplicar el conjunto de las leyes vigentes siguiendo la Constitución. Hay un artículo en la Constitución, creo recordar que es el 107, que dice expresamente que las administraciones públicas están sometidas a la Constitución y a las leyes, y nuestros tribunales en España son revisores de lo que hace la Administración, para ver si lo que ha dicho la Administración, que está obligada a aplicar las leyes, es conforme con el ordenamiento o no.