“Presentada, por el abogado Carlos Seco Gordillo, una demanda contra los decretos autonómicos de EpC, a día de hoy está pendiente de sentencia.”
Con estas palabras nos expresamos el otro día, en nuestro dossier Educación para la Ciudadanía en el laberinto judicial.
Pues bien, a día de hoy se ha dictado sentencia:
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el desarrollo en esta comunidad de todos los contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía que se refieren a ideología de género, los llamados “matrimonios” gays y valores sobre opciones de vida adultas. Con esta sentencia, la Justicia da la razón a los miles de padres que han denunciado el adoctrinamiento político abanderado por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero.
REDACCIÓN HO, EFE, LD y EUROPA PRESS.- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado parcialmente el desarrollo en esta comunidad de la asignatura ‘Educación para la ciudadanía’. En una sentencia conocida hoy, ha declarado nulas algunas partes de las órdenes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 10 de agosto de 2007 por las que se desarrollan los currículos correspondientes a la Educación Primaria y Secundaria Obligatoria en la comunidad autónoma andaluza.
Los contenidos invalidados son los referentes a ideología de género, relaciones homosexuales y opciones vitales, que constituyen una “ilícita invasión” en la ética, el derecho y la moral. En sus fundamentos jurídicos, la Sala afirma también que esos contenidos “sobrepasan lo que es una enseñanza teórica y práctica de los principios democráticos de convivencia” y “vulneran el principio de neutralidad ideológica de los poderes públicos”.
Los magistrados entienden así mismo que vulneran los derechos fundamentales de los padres, pues al ser una asignatura obligatoria y “dirigida explícitamente a la formación moral de los alumnos, violenta la libertad ideológica y religiosa de las personas y al mismo tiempo el pluralismo político, constituido como uno de los valores superiores del ordenamiento jurídico”.
La resolución rechaza el recurso contra el resto de contenidos que se referían a asuntos como las células madre o la libertad del centro escolar para elegir los contenidos de la asignatura.
Dos de los cinco magistrados de la Sala han emitido votos particulares porque consideran que la regulación de la asignatura por parte de la Junta de Andalucía es plenamente constitucional.
La sentencia resuelve un recurso de cinco padres sevillanos, entre los que se encuentran los abogados Manuel y Carlos Seco Gordillo.
Además, la Sala acuerda plantear una “cuestión de ilegalidad” al Tribunal Supremo, para que sea este quien resuelva sobre la adecuación a Derecho de los reales decretos que fijan las enseñanzas mínimas de la materia en todo el territorio nacional para Primaria (Real Decreto 1513/2006) y para la ESO (Real Decreto 1631/2006).