En el proceso judicial sobre vulneración de derechos fundamentales a padres que han objetado y cuyos hijos no cursan este año la asignatura.
Palma (ABN).- El Instituto de Política Familiar de Baleares informó hoy que el TSJB (Tribunal Superior de Justicia de Baleares) ha dictado 7 nuevos autos por los cuales se admiten los recursos presentados por el trámite especial de Protección de los Derechos Fundamentales de la Persona, y se acuerda la prosecución del procedimiento, o sea, que “sí cabe la figura de la objeción de conciencia contra la Educación para la Ciudadanía aún en el caso de alumnos que no cursen este año la asignatura”.
Según el Instituto de Política Familiar de Baleares, “el debate de autos se residencia en el derecho fundamental a la libertad ideológica del padre (objetor) plasmada en el ejercicio de su libertad de conciencia que puede definirse como el derecho de toda persona a formar su propio juicio y derecho a seleccionar el conjunto de valores éticos y religiosos que conforman un proyecto de vida, así como el derecho a que ese pensamiento tenga efectividad en el entorno personal y social del individuo, de forma que la objeción de conciencia se convierte en este caso en la aplicación material y efectiva de esa libertad ideológica, derecho fundamental recogido en el artículo 16. Y como complemento de éste derecho fundamental, y formando parte del debate de autos se encuentra el contenido del artículo 27-3 que reconoce el derecho fundamental a que los hijos reciban la formación moral y religiosa de acuerdo con las convicciones de los progenitores……”
Por lo tanto, según IPF Baleares, el TSJB resuelve que los padres que consideren vulnerados sus derechos fundamentales por el contenido de la asignatura Educación para la Ciudadanía, “están legitimados para presentar la Objeción de conciencia (aunque a sus hijos les quede años para cursarla), considerando ajustado a Derecho el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona”.
A partir de ahora, se explica en una comunicación de prensa, de IPF, ahora la parte recurrente tiene 8 días para redactar su demanda y así entrar en el fondo del recurso, con la pertinente sentencia.
Desde IPFB, se consideran como “muy positivos” los Autos dictados, reafirmándose este colectivo “en la campaña emprendida y animando a los padres que consideren vulnerados sus derechos fundamentales a que objeten a la asignatura de Educación para la Ciudadanía aunque sus hijos no la cursen”.