El recorrido judicial de Educación para la ciudadanía contempla complejos escenarios.
Es inminente. En las próximas semanas, la tan esperada sentencia sobre Educación para la ciudadanía se dirimirá en un Pleno del Tribunal Supremo. Padres, centros, partidos políticos y Administración están a la espera de escuchar el dictamen del Alto Tribunal. Planteamos al lector los escenarios posibles para comprender cómo será -y qué consecuencias tendrá- la resolución de la que depende una de las batallas cívico-jurídicas más importantes de nuestra democracia.
Casi 50.000 objetores, las Administraciones educativas del Estado y los principales partidos políticos están a la espera de lo que dictamine el Tribunal Supremo sobre Educación para la ciudadanía. Aunque no ha trascendido de forma oficial, distintas fuentes consultadas por Alfa y Omega apuntan a que, antes de que termine el año, incluso a finales de noviembre, el Alto Tribunal ya habrá dictado sentencia. Y lo hará, según las mismas fuentes, no desde una de sus Salas, como es habitual, sino en un Pleno. Como los recursos de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas llegan a distintas Salas, sólo un Pleno evitaría que el Tribunal pueda encontrarse con sentencias contradictorias, según la Sala que las dicte. Una medida que, «a priori, supone mayor neutralidad y garantía jurídica», dicen las mismas fuentes. Pero el embrollo de la sentencia EpC supera la mera asignación de Salas.
Don José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, aclara que «el Supremo tiene que abordar cuatro perspectivas. La primera, las competencias de las Comunidades Autónomas; porque el Ministerio ha impugnado los desarrollos de EpC en ciertas Comunidades, alegando que no pueden recortar una ley del Estado, sino, como mucho, ampliarla. También está en litigio si cabe o no el derecho a la objeción de conciencia de los padres, la batalla más conocida; en tercer lugar, debe pronunciarse sobre si los Reales Decretos que desarrollan EpC (la LOE no especifica los contenidos) son constitucionales; y, por último, lo referente a la cuestión de los centros, para ver si pueden adaptarla a un ideario». Con estos mimbres, la sentencia EpC puede dar lugar a cuatro escenarios muy distintos:
* EpC es válida y no cabe la objeción:
Es la tesis del Gobierno: una EpC obligatoria y sin posibilidad de objetar. El Supremo tendría que desoír la mayoría de sentencias de los TSJ autonómicos -que avalan la objeción-. En tal caso, según Bazán, «presentaríamos un recurso de amparo al Constitucional, pues el derecho a objetar y el derecho a la educación que sustenta la objeción, son derechos fundamentales recogidos en la Constitución. Si el Constitucional siguiese en la misma línea, iríamos al Tribunal Europeo de Derechos Humanos».
* Se puede objetar, con EpC obligatoria:
El Supremo puede quedarse a medio camino. Si reconoce la objeción, pero mantiene EpC obligatoria, la asignatura, en la práctica, sería optativa. Según Bazán, «si reconoce que los contenidos vulneran los derechos de los padres, y por eso cabe objetar, no podría mantener una asignatura inconstitucional».
* Los objetores tienen razón y la asignatura pasa a ser optativa:
Según el abogado y Secretario General de Concapa-La Rioja, don Enrique Domingo Oslé, «si fuese voluntaria, no cabría frente a ella la objeción, ni se vulneraría el artículo 27.3 de la Constitución, al quedar garantizada la posibilidad de elegir. Sin embargo, se olvida el principio de neutralidad ideológica de los poderes públicos, del que se infiere la terminante prohibición al Estado de servirse del sistema educativo para transmitir ideologías. Cierto que un sector comulga con la ideología de EpC y ve positivo transmitirla a los educandos. Es respetable y posible, pero a través de centros privados creados al efecto, no mediante la apropiación ideológica de la enseñanza pública. Por tanto, con sus actuales contenidos, esta Educación para la ciudadanía,ni voluntaria».
* EpC sí, pero no así:
La hipótesis más fiable, según las fuentes consultadas por este semanario. El Supremo, atendiendo a los informes del Consejo de Estado (que recomendaban al Gobierno modificar la asignatura), podría mantener una EpC obligatoria, pero obligando al Gobierno a cambiar, en Consejo de Ministros, los Reales Decretos actuales, por unos contenidos que sólo hablasen de la Constitución y los Derechos Humanos. El peligro sería: ¿con quién se pactarían esos nuevos contenidos? Parece que, en todo caso, toca esperar. Y con los ojos bien abiertos.
José Antonio Méndez.