LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA Y LA CUESTIÓN DEL ABORTO (II)
Entrevista al catedrático de Derecho Rafael Navarro-Valls
MADRID, viernes 25 de febrero de 2011 (ZENIT.org).- La objeción de conciencia en el ámbito sanitario constituye hoy un asunto del máximo interés, ante legislaciones que paulatinamente están transformando, en varios países occidentales, el aborto en un derecho amparado por la ley.
El caso de los médicos y profesionar sanitario que se niega a practicar o colaborar en un aborto ha llegado ya al Parlamento Europeo, que ha votado a favor de la objeción de conciencia.
Otra de las prácticas que está empezando a ser objeto de objeción es el diagnóstico prenatal, especialmente en los casos en que éste pone en peligro la vida del feto.
Sobre esta cuestión, el jurista español Rafael Navarro-Valls, catedrático de Derecho y colaborador habitual de ZENIT, donde dirige la columna “Observatorio Jurídico”, acaba de publicar, junto con el catedrático Javier Martínez Torrón, el libro Conflictos entre conciencia y ley. Las objeciones de conciencia (Editorial IUSTEL).
En esta entrevista concedida a ZENIT explica la naturaleza y los límites de la objeción de conciencia. La primera parte se publicó en el servicio de ayer jueves (ver www.zenit.org/article-38385?l=spanish).
- La objeción de conciencia presupone una objeción de conciencia rectamente formada? Es decir, ¿presupone que la ley positiva puede ser injusta, lo cual equivale reconocer un fundamento legal por encima de la ley positiva, una “ley natural” que obliga a la conciencia?
Rafael Navarro-Valls: En principio, la objeción de conciencia es un derecho fundamental que, incluso, ampara la llamada conciencia errónea. El Estado no es competente para valorar las motivaciones que mueven a las conciencias de sus ciudadanos.
Pero es evidente que, en muchos casos, el objetor actúa movido por una ley natural que está por encima de la ley positiva. Esto no es una anomalía. Cuando hace años se cumplió el medio siglo del inicio de ese drama judicial que fueron los juicios de Nurembreg se observó que, al rechazar la tesis de la “obediencia debida” a la ley nacional-socialista y a la cadena de mando cuando ordena atrocidades, se potenció la función ética que en la teoría clásica de la justicia corresponde a la conciencia personal. Nuremberg demostró que la cultura jurídica occidental se fundamenta en valores jurídicos radicales, por encima de decisiones de eventuales mayorías o imposiciones plebiscitarias.
LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA Y LA DIGNIDAD DE LA PERSONA (I)
